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Te asesoramos cuando necesites autorizar a alguien a actuar en tu nombre.

 

Un poder es un documento. Asegúrate de realizar el tipo de poder que corresponde a su necesidad con nuestro asesoramiento, y te recomendaremos el tipo de poder y la extensión de las facultades que requiere el apoderado para ejercerlo.

 

Si precisas  documentar un negocio (compraventa, locación, hipoteca, sociedad u otros), cobrar o realizar trámites en bancos, instituciones públicas o privadas y no podes o no quieres hacerlo personalmente; o necesitas iniciar un juicio, contestar una demanda que le hayan entablado o llevar a cabo una sucesión; puedes hacerte representar por una o más personas de tu confianza otorgándoles un poder.

 

Hay varios tipos de Poderes

 

Poderes especiales

Poderes generales amplios de Administración y Disposición

Poderes irrevocables

Poderes especiales para gestiones administrativas y bancarias

Poderes para pleitos

 

Poderes especiales y generales

 

Los poderes pueden ser especiales para uno o más actos o generales para la ejecución de varios actos.

 

Un poder especial también puede ser conferido en forma irrevocable, siempre que así se establezca y sea para un asunto determinado, limitado en el tiempo y en razón de un interés legítimo de los contratantes o un tercero. Estos poderes sólo pueden ser revocados mediando justa causa, si así lo declara un juez.

 

El poder común se extingue naturalmente por incapacidad o muerte de quien lo otorga, salvo aquellos casos en que fue otorgado por el interés común del mandante y del mandatario, o de un tercero.

También puede ser revocado por la sola voluntad del otorgante (salvo que sea irrevocable).

 

Consulta

Cuando precises otorgar un poder, consúltanos y te asesoraremos aconsejándote cuál es el tipo de poder y la extensión de las facultades que requiere el apoderado para ejercerlo en la medida de tus necesidades.

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