Te asesoramos cuando necesites autorizar a alguien a actuar en tu nombre.
Un poder es un documento. Asegúrate de realizar el tipo de poder que corresponde a su necesidad con nuestro asesoramiento, y te recomendaremos el tipo de poder y la extensión de las facultades que requiere el apoderado para ejercerlo.
Si precisas documentar un negocio (compraventa, locación, hipoteca, sociedad u otros), cobrar o realizar trámites en bancos, instituciones públicas o privadas y no podes o no quieres hacerlo personalmente; o necesitas iniciar un juicio, contestar una demanda que le hayan entablado o llevar a cabo una sucesión; puedes hacerte representar por una o más personas de tu confianza otorgándoles un poder.
Hay varios tipos de Poderes
Poderes especiales
Poderes generales amplios de Administración y Disposición
Poderes irrevocables
Poderes especiales para gestiones administrativas y bancarias
Poderes para pleitos
Poderes especiales y generales
Los poderes pueden ser especiales para uno o más actos o generales para la ejecución de varios actos.
Un poder especial también puede ser conferido en forma irrevocable, siempre que así se establezca y sea para un asunto determinado, limitado en el tiempo y en razón de un interés legítimo de los contratantes o un tercero. Estos poderes sólo pueden ser revocados mediando justa causa, si así lo declara un juez.
El poder común se extingue naturalmente por incapacidad o muerte de quien lo otorga, salvo aquellos casos en que fue otorgado por el interés común del mandante y del mandatario, o de un tercero.
También puede ser revocado por la sola voluntad del otorgante (salvo que sea irrevocable).
Consulta
Cuando precises otorgar un poder, consúltanos y te asesoraremos aconsejándote cuál es el tipo de poder y la extensión de las facultades que requiere el apoderado para ejercerlo en la medida de tus necesidades.